Medicamentos


Si usted necesita medicamentos para su tratamiento, su médico se los recetará. Él es quien sabe mejor que nadie qué medicina es la indicada para usted. Al contrario que en España, los médicamentos únicamente pueden ser recetados por médicos y no por el personal de enfermería. Para ello, le extenderá una receta. Al igual que en España, usted puede adquirir los medicamentos exclusivamente en las farmacias, y no en tiendas o supermercados. Presente simplemente su AOK-Gesundheitskarte y la AOK se hará cargo la mayor parte de los costes de los medicamentos prescritos por el médico. Solo tendrá que pagar un suplemento impuesto por la ley. El importe suplementario lo paga directamente en la farmacia.


Pago suple­men­tario

La contribución propia a los medicamentos está prescrita por ley y se ha de pagar en cualquier seguro médico obligatorio. Asciende al 10 por ciento del precio de venta del medicamento, como mínimo 5 euros, como máximo 10 euros, pero sin superar el precio del medicamento. El pago suplementario por los medicamentos es inferior que en España y no está sujeto, además, a la altura de sus ingresos. Los medicamentos sin receta los ha de pagar siempre usted mismo. Los niños y jóvenes menores de 18 años no pagan contribución propia por medicamentos sujetos a prescripción médica.


Exención del pago suple­men­tario

Si usted necesita medicamentos regularmente, en ciertos casos, también podrá ser eximido del pago suplementario. Porque los asegurados solo pagan hasta un 2 por ciento de sus ingresos anuales brutos en concepto de pagos suplementarios. Se tienen en cuenta también los pagos suplementarios por hospitalización. Para enfermos crónicos graves, este límite de gravamen es del 1 por ciento. Una vez alcanzado este límite en el transcurso de un año, usted podrá solicitar sin problema la exención del régimen legal de pagos suplementarios. Con mucho gusto, le asesoraremos.